La clasificación J-1 está autorizada para aquellos extranjeros que participan en un programa aprobado con un propósito de enseñanza o aprendizajeLa clasificación J-1 está autorizada para aquellos extranjeros que participan en un programa aprobado con un propósito de enseñanza o aprendizaje

Requisitos para la visa J-1: cómo aplicar al programa que te permite vivir y trabajar legalmente en EE.UU. en 2026

2026/01/01 20:53

A los visitantes de intercambio, bajo la visa J-1, se les permite vivir y trabajar en el país norteamericano a través de un programa que es administrado por el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés). Estos son los requisitos y proceso para aplicar en 2026.

Qué es y a quiénes aplican para la visa J-1

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) explica que la clasificación J-1 está autorizada para aquellos que participan en un programa aprobado con el propósito de enseñar, dar conferencias, estudiar, realizar investigaciones, asesorar, recibir capacitación o capacitación médica de posgrado.

Las visas de visitante de intercambio son para personas aprobadas para participar en programas aprobados por el Departamento de Estado

Las categorías de visitantes de intercambio incluyen:

  • Au pair y EduCare
  • Consejero de campamento
  • Visitador del Gobierno
  • Interno
  • Visitante internacional (uso del Departamento de Estado)
  • Médico
  • Profesor e investigador académico
  • Becario de corto plazo
  • Especialista
  • Estudiante, colegio/universidad
  • Estudiante, secundaria
  • Viajes de trabajo de verano
  • Maestro
  • Aprendiz

El DOS designa entidades públicas y privadas como patrocinadores del programa. Por lo tanto, los no inmigrantes J-1 son patrocinados. Un visitante de intercambio generalmente es admitido por la duración de su estatus. Generalmente, mantiene el beneficio mientras continúa en participación de las actividades.

“Un visitante de intercambio puede solicitar extender la duración de su programa a través de su patrocinador ante el Departamento de Estado, lo cual extiende su estadía en EE.UU.”, señala la agencia

El trabajo de niñera (au pair) es uno de los autorizados por la visa de intercambio J-1

¿Cómo aplicar al programa de visas J-1?

Antes de iniciar el proceso de visado, es necesario solicitar la admisión al programa de visitantes de intercambio a través de una organización preaprobada en Estados Unidos.

Después de que el patrocinador ingresa la información del participante en la base de datos del Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (Sevis, por sus siglas en inglés), enviará el Formulario DS-2019.

El primer paso para obtener la visa J-1 es presentar el Formulario DS-2019, Certificado de Elegibilidad para la Condición de Visitante de Intercambio (anteriormente conocido como IAP-66), que es otorgado por la agencia patrocinadora. Se puede solicitar el visado a través del DOS en una Embajada o Consulado de EE.UU.

Requisitos:

  • Los participantes deben poseer suficiente dominio del idioma inglés para participar en estos programas.
  • Solicitud de visa de no inmigrante en línea, Formulario DS-160.
  • Entrevista: se debe programar la cita en la Embajada o Consulado de EE.UU. en el país de residencia del solicitante.
  • Pasaporte válido para viajar a Estados Unidos.
  • Recibo de pago que muestra que se cubrió la tarifa de solicitud de visa de 185 dólares.
Para participar en uno de los programas de visa J-1, se debe buscar y contactar a un patrocinador designado

El DOS advierte que el tiempo de espera para una cita de entrevista puede variar, por lo que se recomienda presentar la solicitud de visa lo antes posible. Además, señala que no se puede ingresar a Estados Unidos con estatus J-1 más de 30 días antes del inicio del programa.

Asimismo, el Departamento indica que solicitar una visa consta de varios pasos, y el orden y la forma de completarlos pueden variar según la embajada o el consulado de EE.UU.

Entrar a Estados Unidos como visitante de intercambio

El DOS destaca que una visa no garantiza la entrada a Estados Unidos, solo permite a un extranjero viajar a un puerto de entrada estadounidense y solicitar permiso para ingresar al país.

Los funcionarios de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) tienen la autoridad para permitir o denegar la entrada. Después de presentar el pasaporte, la visa J-1 y el DS-2019 en el puerto de entrada, el oficial tomará esta decisión.

Una vez que se permita el ingreso, el funcionario entregará un sello de admisión o un Formulario I-94 (Registro de Entrada/Salida) impreso.

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